NORMATIVIDAD.- En 1999 la Trigésima Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la ciencia y la Cultura, declaró el 21 de febrero como DIA INTERNACIONAL DE LA LENGUA MATERNA. La Constitución Política del Perú - La Ley Nº 29735. Ley que regula la preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú.- Los documentos públicos deben constar y en la lengua originaria oficial. El estado promoverá el estudio de las lenguas originarias del Perú. Se declara de interés nacional el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del país. La administración pública estatal debe hacer suya la implementa progresivamente en toda sus esferas de actuación pública, el uso de los idiomas nativos. El Ministerio de Educación tiene la función de elaborar y actualizar periódica del mapa etnolingüística del Perú, como herramienta de planificación. El estado garantiza y promueve la enseñanza de las lenguas originarias.
fuente:
http://www.slideserve.com/percy/uso-del-letrado-de-los-idiomas-nativos-en-los-ambientes-de-las-instituciones-publicas-y-privadas-del-peru
Muy buena noticia.
ResponderEliminarEsto permitirá preservar las diferentes lenguas originarias de nuestro territorio.
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